Reglamentacion Capitulo 1

      

Presidente
Ing.    Julio César Rocha López    2651006
   
Primer Vicepresidente                  
Lic.    Rolando López Sanders        2496069
(Managua)

Segundo Vicepresidente
Ing.     Manuel Salvador Quintanilla

                                MIEMBROS

Ing. José Dolores De León Quezada
Granada)  Teléfono:  552-2489  
      
Lic.    Luis Andrés Zelaya  Osegueda
(Chinandega) Teléfono:        341-4204

Lic.    Guillermo López Lacayo
(Chontales)     Teléfono: 812-1443

Lic.    Luis Rodríguez Rivera
(Estelí) Teléfono: 713-2559

Lic.    José Jacinto Reyes Gatica
 (Matagalpa) Teléfono: 612-5072

Donald Campos    
(Asociación de Arbitros Colegiados)

Dalila López
(Directora de Futbol Femenino)


Secretario General FENIFUT
Prof.  Florencio Leiva  Dominguez Teléf.  2510198 

Asistente de  Presidencia   
Ing.    Mª Esperanza Solórzano  Telefax: 2651006 

     
                                 OFICINA :
Hospital Bautista 1 C. abajo, 1 cuadra al sur y 1/2 cuadra abajo
                             Managua, Nicaragua

                                TELEFONOS :
              2227035, 2227036     (Oficinas de FENIFUT)

                                  Telefax:
            2651006    (Oficina del Presidente de FENIFUT)
                                E-mail:
   -     -          

                                        REGLAMENTACION

El XVIII Campeonato Nacional de Tercera División será dividido en dos torneos: TORNEO DE APERTURA Y TORNEO DE CLAUSURA, se jugará de acuerdo a las Reglas de Juegos del Internacional BOARD, tomando en cuenta las modificaciones y decisiones efectuadas por el IFAB en su 118ª. reunión general celebrada el 28 de Febrero del 2004, en Londres, además será regido por el Reglamento de Competiciones Nacionales de FENIFUT modificado y aprobado por el Ejecutivo de FENIFUT en el 2007    .

ARTICULO No. 2
DISPOSICIONES

Las presentes Bases de Competencia regirán el desarrollo del XVIII CAMPEONATO NACIONAL DE FUTBOL DE TERCERA DIVISION,  2008-2009. divididos en Torneos de APERTURA Y CLAUSURA.

ARTICULO No. 3
ORGANO OFICIAL

El Comité Ejecutivo de  FENIFUT, será el Organo Oficial encargado de velar por la ejecución y la buena interpretación de estas Bases de competencia.

ARTICULO No. 4
CASOS NO PREVISTOS
El Comité Ejecutivo tendrá amplia facultad para la resolución de los casos no previstos en estas Bases de Competencias, de acuerdo a sus Estatutos, Código Disciplinario, Reglamentos de competiciones Nacionales y a los Reglamentos, Código Disciplinario, y Estatutos de  FIFA y de CONCACAF.

ARTICULO No. 5
CONVOCATORIA
La convocatoria para el presente Campeonato es acordada por el Comité Ejecutivo de FENIFUT y será comunicada a través de la Secretaría General, a más tardar con treinta días de anticipación al inicio de la temporada oficial y se podrá hacer del conocimiento del publico a través de los medios hablados, escritos y televisados.

CAPITULO II
ARTICULO No. 6
PARTICIPACION
Los equipos que tendrán el derecho a participar siempre y cuando cumplan con los requisitos que exigen las Bases de Competencia, previos al Torneo de Apertura, siendo los siguientes:

GRUPO A:                        GRUPO B:

CELTA ESQUIPULAS                AGUILAS F.C.
EDGARD MUNGUIA                CEDROS
UNAN-MANAGUA                    JUVENTUS
DEPORTIVO SEGAL MASAYA            F.C. CARITAS SPORTS COLLEGE
C.S. MUNICIPAL                    IGLESIA REDENTOR NAZARENO
K.W. GRANADA                    REAL SOMOTILLO
           
CAPITULO III
ARTICULO No. 7
CONGRESILLO TECNICO

El día Miércoles 10 de Septiembre del 2008, se efectuará el congresillo técnico del  XVIII Campeonato Nacional de Tercera División a las 09:00 de la mañana, en las oficinas de FENIFUT; debiendo estar presentes Representantes de equipos, Directores Técnicos, Miembros del Comité Organizador y Miembros de la Federación.

FECHA DE INAUGURACION

El XVIII CAMPEONATO NACIONAL DE TERCERA  DIVISION  2008-2009, se inaugurará con el Torneo de Apertura a partir del  Domingo 02  de Noviembre  del 2008.

La inauguración será simultánea de acuerdo al Calendario de juegos aprobado por FENIFUT.

El acto inaugural será coordinado entre directivos del equipo local y visitante, Miembros del Ejecutivo de FENIFUT y la Federación Departamental.

CAPITULO IV
ARTICULO No. 8
PERIODOS DE INSCRIPCIONES
COSTO DE LAS INSCRIPCIONES  Y DEPOSITO DE GARANTIA
Los Directivos de Equipos solicitarán por escrito la inscripción de Equipos, Jugadores y Personal Técnico, quedando abierto el primer período de inscripción a partir del día 14 de Julio  del 2008.

El cierre del primer período de  inscripción  individual  será el día miércoles 07 de Enero del 2009.  Al finalizar el Torneo de Apertura queda abierta el segundo período de inscripciones y finaliza una vez concluida la etapa regular del torneo de clausura 2008-2009 (Circular Reglamento FIFA sobre el Estatuto del Jugador) No. 1085, Períodos de inscripción). Iniciando el primer período de inscripción del XIX campeonato Nacional 2009-2010 al siguiente día de finalizado el Torneo de clausura del campeonato nacional 2008-2009.

El costo de la inscripción será C$2,000.00 (Dos Mil Córdobas netos) y C$2,000.00 (Dos Mil Córdobas netos) de depósito de garantía.

Las inscripciones individuales se recibirán de lunes a miércoles, entregándose los carnets los días Viernes y sábado en horas hábiles de oficina.

Toda inscripción presentada en forma incompleta no será aceptada.

Cada equipo podrá inscribir una nómina de  hasta 25 (Veinticinco) jugadores,  pero antes del inicio del Torneo de Apertura deberá tener inscrito un número mínimo de 18 jugadores.

Finalizado el Campeonato de Apertura y en el segundo período de inscripciones, los equipos podrán inscribir jugadores o miembros de Cuerpos Técnicos en el Campeonato de clausura siempre que presenten finiquitos de contratos de los equipos que provienen con su respectiva Solvencia.
Así mismo solamente podrán ser inscritos por un máximo de dos Equipos en el período de un  Campeonato  Nacional pudiendo hacerlo en cualquier categoría.

ARTICULO No. 9

PRESTAMO DE JUGADORES NACIONALES Y EXTRANJEROS

Los equipos podrán ceder jugadores nacionales y extranjeros  en calidad de préstamo a otros equipos, las condiciones y la firma autorizada de los presidentes, secretarios generales o por ausencia del presidente comprobada, los vicepresidentes de equipos y del jugador quiénes serán los únicos autorizados; los acuerdos deberán quedar estipulados en un documento (contrato) escrito ante FENIFUT, tanto en el caso de que el préstamo sea de un jugador inscrito en segunda, tercera o en primera división nacional, en caso de préstamo de un menor de edad, el convenio o contrato deberá firmarlo también el padre o encargado del mismo.  Terminando el período de préstamo la FENIFUT habilitará de oficio al jugador con el equipo que originalmente  está inscrito, en el caso que el equipo no tenga cupo, contará con 15 días de plazo para normalizar su situación de lo contrario el jugador quedará libre y desinscrito; este plazo se contará a partir de haberse abierto  el primer período de inscripciones del Torneo de Apertura antes que comience el campeonato.

En el caso de préstamo de jugadores extranjeros a equipos nacionales, estos deben presentar certificado de transferencia internacional y contrato estipulando el período de préstamo.

ARTICULO No.10
PROHIBICIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y SUS OBLIGACIONES

Ningún Director Técnico, Entrenador, Aguatero, Quinesiólogo, Preparador Físico y Médico  podrá dirigir o preparar bajo cualquier designación directa o indirectamente, a más de un equipo en la misma temporada y en ninguna otra categoría de ascenso ni en otras Federaciones. Tampoco asumirá responsabilidades de representante de equipo, ni formará parte de la directiva del equipo. Así mismo podrán los clubes desinscribir o sustituir a cualquier número de miembros de sus cuerpo técnico durante el curso de los campeonatos, pero los desinscritos no podrán ser inscritos por el mismo club o por otro hasta el segundo período de inscripción en el campeonato de clausura. En el caso de jugadores, se limita solamente a ser jugador.

El equipo que contrate servicios indirectos de un técnico será sancionado con C$2,500.00 (Dos Mil Quinientos Córdobas), los cuáles deberán ser depositados a más tardar dentro de los ocho días siguientes a su imposición y la persona infractora, con una suspensión por 12 (Doce) meses por preparar o dirigir equipos de forma indirecta.


Los miembros del cuerpo técnico estarán dispuestos a aceptar el llamado de FENIFUT para conformar Selecciones Nacionales.

A su vez están en la obligación de asistir a los talleres y seminarios de actualización a nivel nacional e internacional y de multiplicarlos en sus regiones.  De no cumplir con lo anterior Fenifut se reserva la inscripción de cualquier miembro de un  Cuerpo Técnico.

ARTICULO No. 11
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DEL CUERPO TÉCNICO NACIONALES - EXTRANJEROS Y PERSONAL AUXILIAR
 
Todo equipo con franquicia en la Tercera División Nacional tendrá que inscribir obligatoriamente a un máximo de siete (7) personas que conformarán el cuerpo técnico, que reuna las condiciones que establescan las Bases de Competencia; tanto el entrenador como el personal auxiliar estarán debidamente contratados.

Cuando el Técnico Principal, por cualquier motivo sea separado o renuncie, el club deberá sustiruirlo en un  plazo máximo de 30 días a partir de la separación o renuncia, Los clubes deberán de mantener completo su nómia de Cuerpo Técnico. 

Cuando el Director Técnico sea extranjero, deberá contar con un auxiliar Nicaraguense.

El Club que incumpla el presente articulo sera sancionado con C$ 2,500.00 (dos mil quinientos cordobas netos)
Condiciones:

Con relación a los directores técnicos y /o entrenadores deben:

a)    Poseer título como tal expedido por FENIFUT y ANEF o haber sido otorgado por una federación de otro país y su respectiva escuela o Asociación de Entrenadores y estar debidamente reconocido por FENIFUT y ANEF.
b)    Estar afiliado y solvente con la Asociación de Entrenadores de Nicaragua (ANEF).
c)    Consignar contrato en original y dos copias, conteniendo las siguientes especificaciones, ver artículo # 22 del Anexo Tansferencia Internacional. El contrato deberá ser registrado ante Fenifut para su validez, el cual deberá ser firmado y sellado por el Presidente del Club o Representante Legal y firmado por el contratado. Se exonera de este requisito siempre que exista contrato vigente.
d)    Dos fotos recientes tamaño carnet.
e)    Cédula de identidad o fotocopia del pasaporte.
f)    Llenar ficha deportiva
g)    Presentar Curriculum Vitae
h)    Solvencia del equipo cedente.

ARTICULO No. 12
CONTRATOS

Los jugadores, entrenadores y personal auxiliar y equipos están obligados a suscribirse y presentar contratos, estos deben ser registrados en FENIFUT, donde quedará el original y la primer copia será para el contratado y la segunda copia para el club. a su vez cumplir con los términos y condiciones pactados y suscritos entre ellos, salvo que de común acuerdo las partes modifiquen o den por terminado el mismo,  o que exista incumplimiento  contractual así establecido por Fenifut, de cuyas resoluciones serán de acatamiento definitivo.  Ver anexo Transferencia Internacional, Artículo # 11.

REGISTRO  DE  CONTRATOS - DURACION

a)    Los contratos que firman los jugadores o las partes con el fin de que pueda hacerse valer los derechos y obligaciones en ellos consignados así como poder participar en el campeonato, deberán ser registrados en FENIFUT; los contratos deberán contener las cláusulas del artículo # 21 del anexo del Reglamento de Transferencia Internacional.

b)    La duración del contrato será de un año si es aficionado y de dos o mas años (hasta 5 años),si es profesional, tanto para el jugador como para el técnico, los cuáles deben recibir los beneficios contraídos durante el período estipulado; se permitirán contratos de una duración distinta, siempre que se cumpla con los Reglamentos de FENIFUT y FIFA.

c)    Culminación del contrato .- Artículo #24 del Reglamento Interno

Cuando un jugador culmine su contrato y no sea propietario de sus derechos deportivos, el equipo se obliga a aplicarle en el lapso de treinta días continuos antes del vencimiento del mismo, un nuevo contrato, el cual será rechazado o aceptado por el jugador en un lapso de (15) quince días continuos por escrito.  De ser rechazada por parte del jugador la propuesta, el equipo se obliga a poner en traspaso  a dicho jugador por un monto que no puede ser mayor de tres veces el contrato propuesto, tomando como base la duración anual del mismo, quedando ambas partes desde ese momento desvinculados de sus obligaciones laborales y económicas.

El equipo que no cumpla con el procedimiento establecido en el artículo anterior, o el jugador que no entrega por escrito oportuna respuesta, quedan sujeto a que una de las partes solicite decisión de FENIFUT.

Artículo # 70 del Código Disciplinario .- Pago de cantidad

1 El que no pague, o no lo haga íntegramente, a otro (por ejemplo, a un jugador, a un entrenador o a un club) la cantidad a que hubiera sido condenado a satisfacer por un órgano de la FENIFUT:

a) será sancionado con multa en cuantía no inferior a C$3,000 (Tres Mil Córdobas netos)  por incumplimiento de la decisión del órgano que le hubiese condenado al pago (cf. Art. 44 de los Estatutos de la FENIFUT);
b) las autoridades jurisdiccionales de la FENIFUT le concederán un plazo de gracia último y definitivo para que haga efectiva la deuda;

c) si el deudor fuese un club, será advertido de deducción de puntos o de descenso a la categoría inmediatamente inferior en el supuesto de impago al término del plazo de gracia otorgado.

2 Si, transcurrido el plazo de gracia, el club no pagase lo debido, la autoridad competente requerirá que lleve a cabo la ejecución.

3 En el supuesto de deducción de puntos, deberá existir una proporción equitativa entre el montante de la deuda impagada y el número de los puntos deducidos.

ARTICULO No. 13
PROHIBICIÓN   A JUGADORES - EQUIPOS

a)    Los jugadores, que sean inscritos ante FENIFUT no podrán jugar en otra liga Federada y no Federada, la violación a este artículo traerá consigo una multa de C$1,000.00 (un mil córdobas netos) más la suspensión de 6 meses del campeonato para el jugador. El jugador se hará responsable de pagar la multa, tampoco podrá ser directivo de equipos o Director Técnico, se limitará solamente a ser jugador.

b)    No se aceptan préstamos de jugadores del Campeonato de apertura al Campaonato de clausura. 

c)    Los equipos que realizan partidos con otras ligas sin la debida autorización. Será multado con C$3,000.00 o aumentada según decisiones del Comité Disciplinario.

CAPITULO V
ARTICULO No. 14

RESPONSABILIDADES DE FENIFUT


El XVIII Campeonato Nacional de Fútbol de  Tercera División  2008- 2009 en su modalidad torneo de Apertura y Torneo de Clausura, será organizado, dirigido y supervisado por la Federación Nicaragüense de Fútbol (FENIFUT), en colaboración con las Federaciones Departamentales y las comisiones de apoyo. FENIFUT, adoptará las medidas necesarias que garanticen el perfecto desarrollo de ambos torneos.

Es responsabilidad de FENIFUT:

1.    Convocar con (30) días de anticipación como mínimo a los equipos participantes.

2.    La Secretaría General en coordinación con la Dirección Técnica y la Dirección de Competiciones efectuarán el Congresillo Técnico.

3.    La Secretaría General con el apoyo de la Dirección Técnica y la Dirección de Competiciones coordinarán el control de las fechas, horarios y campos de juegos.

4.    Tomará decisiones en casos de fuerza mayor.

5.    Es facultad de la Secretaría General convocar a los representantes de los equipos cuando estime necesario.

6.    Será facultad del Presidente a través de la Secretaría General y la Dirección de Competiciones, el nombramiento de los comisarios o visores de cada partido del campeonato.

7.    La Secretaría General recibirá y extenderá documentación relacionada al campeonato.

  CAPITULO VI
ARTICULO No. 15
RESPONSABILIDADES - REQUISITOS
DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS DE EQUIPOS

CLUBES
REQUISITOS DE INSCRIPCION

1.    Los Equipos de Tercera División  para poderse inscribir en el XVIII Campeonato, Nacional de Fútbol de Tercera División, 2008-2009, deberán cumplir con los requisitos siguientes:

•    Inscribir su estadio oficial de juego y un estadio alterno con el respaldo autorizado por escrito de los responsables o dueños de las instalaciones; éste deberá ser exclusivamente para fútbol. A su vez se hará revisión, inspección y autorización del uso por la Dirección Técnica  y Dirección de Competiciones de FENIFUT.  El estadio alterno se utilizará en los casos de emergencia o fuerza mayor comprobado, pero no en casos de sanciones a campos oficiales, en este caso utilizarán campos fuera de su municipio. Ver artículo # 51, inc. D.
•    Nómina de sus Junta Directiva, electa de conformidad a sus estatutos, expresando la duración de sus funciones.
•    Cada Equipo acreditará ante Fenifut dos Representantes, un propietario y un suplente. Ningún directivo o jugador podrá ser a la vez miembro del Cuerpo Técnico y viceversa.  Tampoco el Técnico o jugador podrá actuar como Representante ante la Federación.
•    Constancia de  Seguro Colectivo de accidentes como mínimo para los jugadores y personal técnico. El cual se suscribirá al inicio de la temporada.
•    La inscripción de los Equipos se hará dentro de quince días calendario contados a partir de la fecha de la apertura de la inscripción y se cerrará al terminar dicho plazo. La inscripción para jugadores y Cuerpo Técnico, se inicia el 14 de Julio 2008 y finaliza el 07 de Enero del 2009 para el torneo de apertura y una vez finalizada la temporada regular del clausura finaliza el periodo de inscripcion para dicho torneo.
•    Los Equipos o el Equipo que no llenaren los requisitos establecidos en el párrafo anterior se le impondrá una sanción de C$1,000.00 (UN MIL CORDOBAS) y se le otorga un plazo de cinco días hábiles para cumplir los requisitos faltantes y cancelar la sanción. De no cumplir con lo estipulado, los requisitos y la sanción impuesta,   la Federación lo (s) declarará automáticamente descendidos a la categoría inferior.
•        Respetar y hacer respetar  los  Estatutos,  Reglamentos  y  Bases  de  Competencia,  así  como  el Código Disciplinario de FENIFUT y autoridades Federativas.
•    Garantizar la presencia de ambulancia y un paramédico.
•    Hacerse  presente  a  las  reuniones  ordinarias y extraordinarias que la  Secretaría General de FENIFUT  convoque,  a través de su Representante o Delegado.
•    Cuando  su  equipo  actué  como  local deberá  garantizar  el  cumplimiento de las Reglas de Juego# 1-2-3 y 4 autorizada por el I.F.A.B. FIFA.
                       1- Campo de Juego  - Uso exclusivo para fútbol.
                       2- Balones
                       3- Número de Jugadores
                       4- Equipamiento del jugador
•    Garantizar la cancelación de los honorarios de arbitraje, transporte, hospedaje y   alimentación a más tardar al finalizar el partido, según aranceles definidos por la Comisión de Nombramientos de árbitros.  Los ingresos de taquilla no deben ser parámetros para dicha cancelación.
•    Garantizar seguridad policial, primeros auxilios, camilla  (Cruz Roja). Ver Art. # 61.
•    Atender   a   la  Terna   Arbitral,   indicarles   donde   pueden   cambiarse; brindarles seguridad en todo momento, así como al equipo Visitante, además de las debidas condiciones para redactar el informe arbitral, de la misma manera atenderá a los oficiales de FENIFUT

•    El Miembro Directivo que tenga sanciones disciplinarias deberá cumplirlas en el desarrollo del campeonato.   

•    Entregar a la Federación Nicaragüense de Fútbol el 10% (DIEZ POR CIENTO), de los ingresos brutos captados por taquilla através del Visor del partido y en el caso de no encontarse el Visor deberán entregarlo a la Federación, a más tardar 24 horas corridas después del encuentro.  La Federación con los Clubes, establecerán mecanismos, para el control correcto de la taquilla y sus ingresos.

•    Solicitar autorización para la realización  de partidos oficiales y no oficiales amistosos nacionales e internacionales pretemporada, durante el campeonato y post temporada. Deberá solicitar la autorización de una cuarteta arbitral.

•    Otorgar permiso a técnicos entrenadores, jugadores cuando la FENIFUT lo requiera  para la conformación de Selecciones Nacionales basados en nuestros Estatutos.

•    El incumplimiento de cualquiera de estos aspectos por parte de los directivos, se sancionará con una multa pecuniaria de C$ 250.00 (Doscientos cincuenta Córdobas Netos) que el Comité Disciplinario impondrá.

•    Cancelación de deudas pendientes del Campeonato anterior, para proceder a su inscripción oficial.

•    Hacer del conocimiento general el contenido de las Bases de Competencia a su directiva, técnicos, representantes y jugadores.

•    Garantizar con todos los elementos necesarios, el orden en los estadios y en sus inmediaciones.

•    Cuidar de que no formen parte de las Juntas Directivas, personas sujetas a procedimientos disciplinarios por faltas contrarias a la dignidad propia de tal actividad, especialmente (cohecho, falsificación de documentos, dopaje, asesorías ilegales) o que hayan sido acusados y condenados por hechos de tal naturaleza dentro de los cinco años precedentes.

ARTICULO No. 16

REQUISITOS DE INSCRIPCION PARA JUGADORES NACIONALES Y EXTRANJEROS  (VER ANEXO DE TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES)

Para las inscripciones de los equipos las juntas directivas deben de cumplir con los siguientes requisitos: 

a)    Solicitar el registro de la Junta Directiva para la temporada 2008-2009, ver artículo #15 (1.a).

b)    Entregar inscripción individual, debidamente firmada por el presidente y secretario de su junta directiva.*

c)    Dos fotos de frente tamaño carne reciente.

d)    Contrato deportivo legalizado en original y dos copias, que contenga los requisitos mínimos aprobados por Fenifut donde quedarán registrados para su validez, firmado y sellado por el Presidente del Club o Representante Legal y firmado por el contratado. El original del contrato quedará en la Secretaría de Fenifut, la primera copia se le entregará al jugador y  la segunda al club.

e)    Fotocopias de Cédula, y/o partida de Nacimiento a menores de 16 años; es obligatorio presentar los originales, para comprobar dichos documentos, los que serán devueltos una vez comprobado.  Solamente para nuevas inscripciones, para jugadores permanentes será necesario el resto de requisitos.

f)    Certificado de transferencia nacional  cuando se requiera de la Federación departamental de donde origina el jugador, la cual es solicitada por  FENIFUT, cuando el jugador proviene de ligas departamentales.

g)    Carta de solvencia del equipo anterior firmada por el presidente o representante legal si jugó en el recién pasado campeonato, carta de desinscripción del jugador acompañado de su carné con todos los datos de referencia, demostrando solvencia y/o vencimiento del contrato. La FENIFUT se encargará de efectuar transferencia interna a solicitud del equipo que lo inscribe, ya que el jugador proviene de un equipo Nacional.

h)    Podrán inscribir a 4 jugadores extranjeros pudiendo alinear los cuatro, la directiva deberá solicitar a  FENIFUT por escrito, que gestione el certificado de transferencia internacional. Igual procedimiento se realizará en el caso de jugadores nacionales que hayan  jugado en el extranjero.


Cuando se efectúan préstamos de jugadores nacionales o extranjeros procedentes de otra asociación nacional, deberán cumplir los mismos requisitos.

i)    Los directivos de equipos deberán llenar una ficha como requisito acompañada de dos fotos, para obtener su carné indicando su cargo dentro de la Directiva.

j)    Cancelar cuota de inscripción para la presente temporada a más tardar el  31  de Octubre del 2008, la cual es de C$2,000.00 (Dos mil Córdobas netos), también deberán depositar la cantidad de C$2,000.00 (Dos Mil Córdobas netos) en concepto de fondo de garantía, debiendo estar solventes de los campeonatos anteriores ante FENIFUT.

k)    Toda ficha individual de jugadores tendrá vigencia, acorde a la duración de los acuerdos contemplados en el contrato ante FENIFUT, salvo la existencia y duración del contrato registrado en ésta Federación, que estimen períodos de uno, dos a cinco años de duración, o en el caso contrario, que estime la duración de la temporada solamente.

l)    Presentar aval colectivo del equipo, firmado y sellado por el Presidente y/o el Secretario General de la Federación Departamental.  Posteriormente las inscripciones individuales deberán presentar hoja de certificado de transferencia nacional, y/o desinscripción definitiva del equipo anterior acompañado con  el finiquito del contrato, más el aval federativo si procede.

m)    La inscripción de jugadores para la presente temporada, ya sean estos nacionales o extranjeros, se limita a la fecha del cierre de inscripción de jugadores del campeonato de Apertura y Clausura.

n)    El límite de inscripción será el establecido en el artículo 8

Se faculta a los Equipos para desinscribir y/o sustituir a cualquier número de jugadores, a condición de no disminuir el número de jugadores mínimo, la desinscripción para ser válida debe de presentarse firmada por el Presidente, o Secretario del Equipo, debidamente sellada y estar registrada en Fenifut, en el Período reservado para inscripciones, anexar el carnet y el finiquito de contrato y otro.

o) Toda inscripción se dará a conocer por un tablero de la Tercera División, a los demás equipos.

p) Fotocopia certificada del pasaporte y documento que certifique su calidad migratoria en el caso de los extranjeros.

A- RESPONSABILIDADES DE LOS DELEGADOS DE CAMPO

Los equipos están obligados a cumplir que los partidos se celebren normalmente, dentro del ambiente correcto y  de espíritu deportivo que debe imperar en este tipo de actividades en ese sentido nombrará un delegado de campo.

Las funciones de Delegado de Campo, estará a cargo de un miembro de la Directiva, el que tendrá un equipo de trabajo para cualquier emergencia.

RESPONSABILIDADES

1.    El Delegado de Campo debe: Presentarse al terreno correctamente vestido, por lo menos tres horas antes del partido.

2.    Asegurar el buen marcado del terreno con sus medidas reglamentarias.

3.    Presentar su carné  a la cuarteta arbitral así mismo al visor del partido.

4.    Coordinar con el Visor y el cuarto árbitro todo lo relacionado al partido, principalmente debe asegurarse de que todo esté bajo control, en cuanto a la seguridad del estadio y sus alrededores.

5.    Chequear que todo esté en perfecto orden para el buen desarrollo del partido, así como: Camerinos, números de cambios, balones, mesas para el cuarto árbitro, etc.

6.    No permitir personas sin carnés y no autorizadas a permanecer, por lo menos dos horas antes de iniciar el partido en el terreno de juego, así sean directivos locales o visitantes. En el campo solamente estarán los dos equipos, árbitros, fotógrafos, camarógrafos y oficiales.

7.    Conducir al equipo visitante al camerino correspondiente y brindarle indicaciones relacionadas a la instalación, a su vez brindará seguridad.

8.    Atender a la Cuarteta Arbitral, brindarles seguridad en todo momento a su llegada en el partido y al final del partido, le brindará seguridad.

9.    Permanecer en el terreno de juego de forma identificada, donde el cuarto árbitro le señale, evitando permanecer en el camerino de su localidad.

10.    El delegado de campo en ningún momento deberá tomar partido en las decisiones del árbitro, haciendo gestos y/o reclamos.

11.    El delegado de campo deberá asegurar y entregar los carteles numerados a la cuarteta arbitral, para anunciar los cambios y éstos tienen que estar numerados en ambos lados, en diferentes colores y números visibles, así mismo garantizará de tres a cinco  balones en el partido.

12.    Todo delegado de campo que no cumple con lo establecido será inhabilitado de 1 a 3 meses de la actividad del fútbol, dependiendo de sus actos violatorios al Reglamento del Campeonato, y una multa pecuniaria de C$500.00 (Quinientos Córdobas Netos).

B-    RESPONSABILIDADES DE LOS REPRESENTANTES
DE EQUIPOS

El representante debe ser un miembro de la junta directiva del equipo con voz y voto.

1.    Los Representantes de equipos tienen la obligación de tener pleno conocimiento de las Bases de Competencia del presente Campeonato, en su modalidad Torneo de Apertura y Clausura.

2.    Mantener constante comunicación con la Secretaría General de FENIFUT para su información.

3.    Registrarse debidamente con su domicilio, lugar de trabajo, teléfono y fax para facilidad de comunicación.

4.    Estudiar las Bases de Competencia con directivos y jugadores para un mejor entendimiento.

5.    Mantener el mutuo respeto hacia dirigentes, Federados, Miembros de Comisiones de trabajo y Oficiales procurando que sus intervenciones no lesionen la moral y el honor de los demás. Todo irrespeto, manifestaciones verbales, directas o indirectas a manera de insulto, ofensas brindadas a medios de difusión verbales o escritos serán sancionados de 1 a 6 meses de la actividad del fútbol, dependiendo de la gravedad del caso.

6.    Asistir a todas las reuniones que la Secretaría General convoca, congresillo técnico, reuniones ordinarias, extraordinarias, etc., con derecho a voz y voto. Artículo # 15, inciso 15.

7.    Retirar el boletín informativo de cada semana en las Oficinas de FENIFUT.

8.    Hacer sus observaciones y pasarlas por escrito a la Secretaría General.

9.    Responsabilizarse de todo lo relacionado a la inscripción del equipo (Jugadores y Cuerpo Técnico) que representa.

10.    Tener conocimiento del Calendario de juegos.

11.    El Representante es el vocero del equipo y sus compromisos serán oficiales.

12.    El Representante se identificará mediante carné extendido por la Secretaría General el cuál deberá ser devuelto al ser separado de su cargo.

13.    El Representante no podrá ser miembro de un cuerpo técnico.

CAPITULO VII

ARTICULO No. 17

MULTA Y SUSPENSION DE CANCHAS
Infracciones contra la integridad Física - Art. #50 Código Disciplinario.

a)    Toda manifestación colectiva de hostilidades o violencia, lanzamiento de objetos, botellas, envases de latas, piedras, artefactos explosivos o desorden por parte de fanáticos o seguidores de un equipo local en contra del equipo visitante o los visitantes contra el equipo local dentro del terreno de juego o el estadio y sus alrededores, reconocido oficialmente como sede e informado en el acta arbitral y/o el informe del visor, tendrá como consecuencia en primera instancia una multa de C$5,000.00 (Cinco mil Córdobas netos).   
b)    En caso de reincidencia se aplicará multa más la aplicación de los artículos #24- (Puerta Cerrada) #25-(Terreno Neutro) #26- (No jugar en un estadio determinado) del Código Disciplinario o los que tenga a bien el órgano jurisdiccional.

CAPITULO VIII



ARTICULO No. 18
DE LOS PARTIDOS

Tanto en el torneo de Apertura y de Clausura, los partidos de cada jornada deberán empezar en el campeonato a la hora señalada por el Calendario Oficial de Juego aprobado por FENIFUT.

ARTICULO No. 19 

AUTORIZACION DE CAMBIOS DE FECHAS Y SEDES

Unicamente se autorizará solicitudes de cambios de fechas y/o sedes del Calendario de Juegos aprobado, cuando se presente por escrito y con diez (10) días de anticipación alguna causa de fuerza mayor debidamente justificada por él o los solicitantes ante  FENIFUT, la que una vez revisada y la encuentra justificada, será aprobada por la Secretaría General.

ARTICULO No. 20

FACULTADES DE FENIFUT

Sólo el Comité Ejecutivo de FENIFUT a través de la Secretaría General,  tendrá facultad de realizar cambios o reprogramaciones de fechas, horarios y sedes del Calendario de Juego aprobado en el Congresillo Técnico.

ARTICULO No. 21  

SOLICITUD DE CAMBIO DE FECHAS Y HORARIO

Para el Cambio de fecha y horario de un partido, el equipo interesado deberá coordinar con el equipo con el cual va a jugar, cuando menos con una semana de anticipación, éste deberá contar con el consentimiento del equipo y la aprobación de FENIFUT a través de la Secretaría General.

Es obligatorio presentar solicitud firmada por ambos equipos el acuerdo tomado, exponiendo la causa y/o motivo para efectos del cambio.

ARTICULO No. 22     
        
CALENDARIO DE JUEGOS

Previo inicio del Campeonato (Torneo de Apertura y de clausura)   se elaborará un calendario general de juegos por orden de fechas de los partidos a celebrarse, tomando en cuenta respecto a cada equipo las calidades de local y visitante. 

El calendario general de Juego se hará de acuerdo a las posiciones finales del recién pasado campeonato procurando una vez elaborado, no efectuar modificaciones de ninguna naturaleza, en los casos de un campo para dos equipos se podrán hacer modificaciones. Las dos últimas fechas de los campeonatos podrán ser jugadas a las misma horas si tienen incidencia en las posiciones de los equipos involucrados.*

ARTICULO No. 23    

ASIGNACION DE FECHAS, HORAS Y SEDES
AUTORIZACIÓN DE PARTIDOS INTERCLUBES

Las fechas, horas y sedes asignadas en el calendario general de juego no podrán ser objetadas por el interés particular de un equipo y su territorio.

Para efectuar partidos amistosos y oficiales los clubes solicitarán autorización al organismo al cual están afiliados (FENIFUT) con 15 días de anticipación, el equipo visitante debe presentar aval de la Federación del país donde procede .
Cuando un equipo no hiciere la reserva necesaria para juegos de carácter internacional, las fechas estipuladas prevalecerán salvo en cuanto a partidos eliminatorios de la selección nacional,  y equipos que participarán en torneos interclubes que organiza CONCACAF, UNCAF y FIFA.

Las fechas para estos casos podrán ser en el período de tránsito comprendido entre torneo y torneo.

CAPITULO IX
ARTICULO No. 24
REGISTRO DE EQUIPAMIENTOS  REGLA DE JUEGO  # 4
 NUEVAS DECISIONES DEL I.F.A.B.

Los equipos participantes en este campeonato, deberán registrar y presentar ante la Secretaría General de FENIFUT, dos uniformes diferentes, con expresión de diseño y colores, uno de los cuales se considera como auxiliar, el cual deberá contrastar o diferir con el uniforme titular: Todo modelo deberá ser aprobado por Fenifut, para los casos cuando sea necesario el cambio para evitar confusión de colores con el uniforme del equipo adversario. Los Uniformes deberán ser presentados en el Congresillo Técnico.* EN LA PRE-REUNION PEDIR QUE LOS EQUIPOS PRESENTE FOTOGRAFIA DE LOS UNIFORMES **

Los colores del uniforme de un equipo, no deberá ser igual a los otros equipos, respetando en todo caso el derecho de antigüedad ; así mismo deberán usar el uniforme titular en todos sus partidos como local.

El uniforme titular deberá ser utilizado por los equipos en todos los partidos del presente campeonato que actúen como equipo de casa y como visitante si así lo requiere, excepto en el caso de quien siendo visitante, los colores de su uniforme a criterio del árbitro sean parecidos a los del equipo local y por ello deba utilizar el uniforme suplente u opcional para evitar confusión.

El uniforme del portero, deberá ser diferente al del resto de su equipo y del equipo contrario, incluyendo el del portero contrario así como también al de los árbitros; en caso de fuerza mayor podrá utilizar cualquier otro color de uniforme que el árbitro autorice. Se permitirá la publicidad en las camisetas de los jugadores y en los pantalones, calzonetas y medias: los jugadores no pueden vestir camisetas interiores con lemas o publicidad, se sancionará con una fecha a aquellos jugadores que levanten su camiseta para mostrar lemas o publicidad (Decisión # I del I.F.A.B. de la Regla de Juego # 4).

ARTICULO No. 25
UNIFORMES NO AUTORIZADOS

Los equipos que utilicen en un partido oficial un juego de uniforme no registrado ni autorizado se harán acreedores de una sanción de C$ 250.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA CORDOBAS) cantidad que deberán enterar a FENIFUT antes del siguiente compromiso, además se le adjudicará el partido a favor del equipo no infractor con marcador de 3 X 0.

ARTICULO No. 26
NUMERACION
 
Cada jugador se identificará en los partidos por un número visible que llevará en la parte  posterior de su camiseta, y en la parte frontal de ésta, será opcional, debiendo portar el número en su calzoneta, el cual será siempre el mismo durante la competencia, y solamente podrá ser utilizado por otro deportista una vez que haya sido dado de baja  y/o desinscrito por el equipo.

ARTICULO No. 27
DIMENSION DE LOS NUMEROS

Durante toda la temporada de competencia los uniformes de los jugadores deberán exhibir números de por lo menos 25 centímetros de altura y cuatro centímetros de ancho en la espalda de la camiseta, obligatoriamente.
Las calzonetas deberán llevar en la pierna derecha el mismo número de diez centímetros de altura y dos centímetros de ancho, la violación a estos artículos tendrá una multa de C$200.00 (doscientos córdobas netos).

Los  uniformes de los jugadores deben llevar los números especificados en la nómina oficial suministrada al árbitro antes de iniciar el partido.  Dichos números deben ser los mismos durante toda la competencia.

Un Jugador de Campo podrá reemplazar al Portero manteniendo su numeración, bastará que el árbitro autorice una camiseta de color a diferencia de los demás jugadores y jugar esa posición en el caso que el titular por fuerza mayor tenga que salir del juego y no pueda ser sustituido por el arquero suplente.

Los directivos al inscribir a su equipo en el XVIII
 Campeonato Nacional deben enviar a la Secretaría de FENIFUT, la relación de sus jugadores con los números correspondientes en la hoja nominal,  carnet y hoja de inscripción individual.

CAPITULO X

ARTICULO No. 28
CARNETS DE IDENTIFICACIÓN  (LICENCIA)

A todo jugador y miembro del Cuerpo Técnico y junta directiva debidamente inscrito, FENIFUT le extenderá su correspondiente carnet, a fin de acreditar su inscripción.

El carnet llevará el número que corresponde al jugador en su camiseta.

Para los miembros del Cuerpo Técnico de cada equipo, es obligatorio identificarse con los árbitros, antes del inicio de cada partido con su correspondiente carnet, así también con el visor cuando éste lo requiera.

Sólo podrán estar en el área técnica las personas autorizadas y debidamente identificadas con sus carnets respectivos, Regla  3 Decisión  2 de I.F.A.B. (7 miembros del cuerpo técnico y 7 sustitutos, (máximo 14 personas).

ARTICULO No. 29
IDENTIFICACION DE JUGADORES

Los jugadores serán identificados uno a uno por el árbitro 65 minutos  antes de iniciar el partido, por medio de sus respectivos carnets y en base a la alineación presentada, la revisión de los carnets incluirá de igual manera a todos los sustitutos.

Los jugadores deben presentarse al terreno de juego debidamente equipados con camisas enumeradas, calzonetas, medias, espinilleras y zapatos de fútbol, con el objetivo de iniciar el encuentro en tiempo y forma.

ARTICULO No. 30
COMPARECENCIA AL JUEGO
"CONCESION DE GRACIA" (30 minutos)

1. Si llegada la hora oficial señalada del inicio del partido y éste no pudiera iniciarse, el árbitro concederá treinta minutos (30 minutos) de Gracia para su iniciación en cualquiera de los casos siguientes :

2.Cuando el equipo visitante no se hubiese presentado al terreno de juego a la hora señalada.

 3.. Cuando el equipo visitante no hubiera completado el número mínimo de jugadores (7).

4. En el caso de que el equipo local no esté presente al inicio del partido, a este  no se le concederá el tiempo de gracia.

5. Cuando el equipo obligado a cambiar de uniforme no hubiere podido hacerlo aún.

6. Toda concesión de gracia deberá hacerse constar por el árbitro central en sus informes especificando la causa; si después de transcurrido dicho tiempo de gracia no pudiera llevarse a cabo el juego, el árbitro procederá a levantar un acta que suscribirá con sus asistentes relacionando lo acontecido sobre la no presentación (el default) de uno de los equipos, posteriormente, deberá enviarlo a la FENIFUT para su debida revisión por el Comité Disciplinario el cuál dará su veredicto sobre lo sucedido en el partido.

7. Los equipos deben de cumplir con iguales condiciones, todo equipo que no cumpla con el horario del partido recibirá una multa de C$500.00 el cual deberá cancelar antes de la siguiente jornada.



ARTICULO No. 31
DEFAULT (NO PRESENTACIÓN)
VALORACION DE PARTIDOS

1.    Cuando el equipo visitante no se presentara al campo de juego después de transcurrir el tiempo de gracia, (30 minutos) el árbitro deberá plasmar correctamente un informe escrito detalladamente, LA PRESENTACIÓN O NO PRESENTACION  del equipo visitante y lo enviará a FENIFUT, la que a través del Comité Disciplinario dará su veredicto.

2.    No obstante, el equipo visitante infractor podrá alegar las causas y motivos y justificar fehacientemente por escrito en las próximas 24 horas posterior a la hora señalada de inicio del partido, adjunto a su carta presentará una constancia de testimonio por la existencia de la fuerza  mayor o caso fortuito como causa no sólo de su NO PRESENTACIÓN, si no de su retraso, so pena de declararse injustificadamente la no presentación o el  retraso.

CAPITULO XI
ARTICULO No. 32

INFRACCIONES CONTRA EL HONOR Y DE
 NATURALEZA RACISTA
OFENSAS AL HONOR

1 El que a través de gestos o palabras injuriosos, o por cualquier otro medio, ofenda el honor de una persona, incurrirá en suspensión. Siendo el autor un jugador, tal  suspensión será de dos (2) partidos como mínimo; tratándose de un oficial, lo será de cuatro (4) partidos como mínimo.

2 Si el ofendido fuese la propia FENIFUT o alguno de sus órganos, el tiempo de la sanción será doble (+ 100%); la sanción se extenderá a todos los partidos oficiales e internacionales. Además, se impondrá al culpable una multa en cuantía no inferior a C$2,000.00 (Dos Mil Córdobas Netos).

 Racismo

1 El que públicamente humille, discrimine o ultraje a otra persona de forma que suponga un atentado a la dignidad humana por razón de su raza, color, idioma, religión u origen étnico, será suspendido por un mínimo de cinco (5) partidos en todas las categorías. El órgano disciplinario competente acordará asimismo la prohibición de acceso al estadio al infractor, así como la imposición de una multa en cuantía no inferior a C$5,000.00 (Cinco Mil Córdobas netos).

2 Si el autor de la falta fuera a un oficial el importe de dicha multa será de al menos C$7,500.00 (Siete Mil Quinientos Córdobas Netos), además se le prohibirá el acceso a los estadios.

3 Para los espectadores que cometan esta clase de infracción será sancionado con prohibición de acudir a los estadios por un tiempo de dos años.

4 Los espectadores que desplieguen mantas o pancartas con leyendas o inscripciones de contenido racista, políticos,  se sancionará al equipo  que se trate con una multa mínima de C$10,000.00 (Diez Mil Córdobas netos) y el siguiente partido lo jugará a  puerta cerrada.

ARTICULO No. 33
CAPITAN DE EQUIPO

Antes del Inicio del partido los equipos deberán designar a uno de sus jugadores como capitán del equipo, quien se pondrá un distintivo en el brazo izquierdo.
Al capitán de cada equipo corresponderá :

a.    Ser el representante del equipo  dentro del campo de juego y vocero de los jugadores ante el árbitro.

b.    Colaborar a mantener la disciplina de los jugadores durante el partido.

ARTICULO No. 34
USO DE BALONES

Los balones que se utilicen en los partidos oficiales del presente campeonato nacional, deberán reunir los requisitos exigidos por I.F.A.B.

Los árbitros comprobarán el peso y medidas reglamentarias y serán los que darán el visto bueno para utilización y están en la obligación de aceptar los que lleven las siguientes  leyendas * FIFA  APROVED *,  para  la  más  alta  calidad  * FIFA INSPECTED *  o bien  la  denominación  Internacional  * MATCHBALL STANDARDS*,  El balón oficial del campeonato será marca PIONEER ELITE

ARTICULO No. 35
CANTIDAD DE BALONES

Todo equipo que juegue como local, proporcionará al árbitro de tres (3) a cinco (5) balones reglamentarios antes del partido y en buen estado a juicio del árbitro.

Los balones serán devueltos al finalizar el partido al delegado de campo.

La infracción a lo prescrito en el párrafo primero, hará incurrir al equipo infractor una multa de C$250.00 (DOSCIENTOS CORDOBAS NETOS).

ARTICULO No. 36
CAMBIOS  DE  UNIFORMES

Al enfrentarse dos equipos cuyos uniformes sean parecidos y que pudieran provocar confusiones al criterio del arbitro, el equipo visitante estará obligado a cambiarse de uniforme a tal grado, que contraste con el uniforme del equipo local, siempre y cuando estén registrados ante FENIFUT.

El equipo que juegue como local estará obligado a usar el uniforme registrado como titular ante FENIFUT.

El  Equipo  que no cumpla  con  lo  dispuesto anteriormente,  será  multado   con C$1,000.00 (UN MIL  CORDOBAS), que deben entregarse a FENIFUT, antes del siguiente partido programado, so pena de doblar dicha multa.

ARTICULO No. 37
SUSTITUCION DE JUGADORES
"CAMBIOS"

En el campo de juego se permitirá la sustitución de tres jugadores por equipo (no habrán diferencia entre porteros y jugadores).  Los tres reemplazantes se eligirán del total de siete jugadores suplentes por equipo.

ARTICULO No. 38
PERMANENCIA AUTORIZADA
(AREA TÉCNICA)
REGLA #3 - DECISION 1 -  DECISION 2

Todos los jugadores registrados en la hoja de alineación proporcionada al árbitro podrán ocupar la banca asignada al equipo.

Los jugadores sustitutos deberán permanecer uniformados en la banca.

También serán autorizados a permanecer en la banca los miembros del cuerpo técnico, debidamente acreditado antes del partido y que aparezcan en la alineación.

Ningún delegado de campo, oficial de seguridad, representante de quipo, podrá estar en el camerino o en banco de sustituto.

En el banco solo podrán estar siete jugadores y siete miembros del cuerpo técnico.

Un funcionario oficial del equipo podrá impartir instrucciones tácticas a los jugadores durante el partido y deberá volver a su lugar, los funcionarios oficiales deberán permanecer dentro de los límites del área técnica en los lugares donde exista y deberá comportarse de forma correcta.

CAPITULO XII

ARTICULO No. 39
INTERRUPCION DE LOS PARTIDOS

Ningún equipo podrá interrumpir el desarrollo del partido retirándose del campo de juego,  como protesta por decisiones arbitrales.

El Árbitro hará previo anuncio a los capitanes en el primer caso de una espera prudencial de 5 minutos, el árbitro dará por finalizado el partido en el segundo caso cuando los jugadores causantes de la interrupción transcurrida aún no permitieran la reanudación del partido.

El árbitro también dará por finalizado el  partido en el tercer caso tan pronto como más de cuatro jugadores traspasen las líneas externas del campo ; pero deberá consignar los nombres de los jugadores que se quedaron dentro del terreno de juego, sin solidarizarse con el retiro o renuncia en cualquiera de los casos se aplicará el artículo #31 del Código Disciplinario.

El árbitro rendirá un informe de  las circunstancias en cualquiera de los casos mencionados.

ARTICULO No. 40

CAUSAS Y EFECTOS DE LA  SUSPENSIÓN DE PARTIDOS

Para todos los casos en que un partido ya programado, no se pueda celebrar, iniciar o continuar por razones de fuerza mayor o caso fortuito.

En el primer caso FENIFUT podrá suspender el partido o la jornada por causa de declaratoria de emergencia nacional o regional decretando por el Comité de Emergencia Nacional por motivos justificados.

La clausura temporal o definitiva del campo deportivo donde realiza  los encuentros, por razones de seguridad de bienes y de personas así dispuestas por la autoridad competente o regional, siempre que el equipo no haya podido preveer esta circunstancia.

La declaratoria del duelo nacional así declarada por el Gobierno de la República.

La FENIFUT reprogramará el partido o la jornada a más tardar el día miércoles de la siguiente semana, reiniciando el campeonato con la fecha siguiente.

En el segundo caso y tercero, será potestad del árbitro y de acuerdo a las circunstancias, suspender legítimamente el partido, el equipo local deberá demostrar ante el Comité Disciplinario, legalmente las causas de la suspensión, el Comité hará las investigaciones pertinentes.

Causas de suspensión:

1.    Por mal estado del terreno de juego. Regla  1.
2.    Por insuficiencia de garantías antes del inicio del partido.
3.    Por no presentación del equipo visitante, agotado el tiempo de gracia.
4.    Por falta del mínimo de jugadores hábiles de uno o ambos equipos (7 jugadores como mínimo para iniciar un partido).
5.    Por rebeldía de los jugadores a continuar el partido.
6.    Por intransigencia de los directivos de uno o ambos equipos.
7.    Por inseguridad personal del árbitro y sus auxiliares antes o en el desarrollo del partido.
8.    Por producirse una batalla campal dentro del campo de juego entre jugadores, técnicos, etc.
9.    Por invasión incontrolable del público al campo de juego.
10.    Por el hecho de lanzamientos contínuos de objetos peligrosos, botellas, latas, piedras al campo de juego y/o en las graderías, uso de pólvora,  morteros y armas de fuego.
11.    Por lluvia que impida la circulación del balón y que hiciera probable la inseguridad de los jugadores.
12.    Por causas de desastre natural.
13.    Por faltas consideradas graves o violatorias a las Reglas de Juego de parte de jugadores de uno o ambos equipos.
14.    Cuando las sanciones individuales impuestas por el árbitro no bastaran para garantizar la continuidad del partido.
15.    El árbitro consignará en el informe arbitral toda las circunstancias que obligaron a la suspensión del partido.  El Comité Disciplinario aplicará multa y pérdida del partido y suspensión de canchas en los casos que amerite.

16.    En los casos de fuerza mayor, desastres naturales, Fenifut tiene  la potestad de suspender  las actividades, éstas se reanudarán con la siguiente fecha o jornada.

Debe consignarse en el informe arbitral todas las circunstancias que obligaron a la suspensión del partido.

ARTICULO No.41
PARTIDOS  A  REPETIRSE  Y/O REPROGRAMACIONES

Será obligatorio repetir o reprogramar un partido en los siguientes casos :

1.    Cuando por causa que amerite, el árbitro suspendiera el juego en cualquier momento sin haber llegado al minuto 80, dicha causa deberá ser revisada y fallada por el Comité Disciplinario.

2.    Cuando se justificare en forma legal y de buena fe la no presentación  o el retardo        de la llegada del equipo visitante, comprobándose la causa de fuerza mayor.  Ver causas y efectos de suspensión - Artículo 40 Bases de Competencia.

3.    Todo partido a repetirse y/o reprogramarse se efectuará a más tardar el día Miércoles  de la siguiente semana, programándose en el mismo campo de juego donde debió realizarse.

4.    Quedando a criterio de la Comisión de árbitros, la nominación de la misma cuarteta arbitral o efectuar cambios.

ARTICULO No. 42
REANUDACION  O  CONCLUSION  DE  PARTIDOS

1.    Será obligatorio cumplir el tiempo pendiente de un partido, cuando por fuerza mayor o caso fortuito se hubiere suspendido el juego, sin poder darse como válido. Se debe entender juego suspendido en el período comprendido del minuto 01 al minuto 80 del segundo tiempo, diez minutos antes de conluir el partido.

El cual deberá finalizar con los mismos jugadores y la misma cuarteta arbitral que iniciaron el encuentro. Si el partido es suspendido después de los 80 minutos siendo clasificatorio en todas sus etapas deberá revisarse bien para reprogramar el tiempo faltante para concluir el partido en los casos necesarios.

La reanudación o conclusión deberá efectuarse a más tardar el día miércoles de la siguiente semana.

ARTICULO No. 43
PERDIDA  DE  PARTIDOS  POR RETIRADA - RENUNCIA
NO PRESENTACION

Se decretará el juego a favor del equipo no infractor, al cual se le adjudicarán los tres puntos en disputa y tres goles a su favor.

1.    Cuando el equipo visitante no se presenta al campo de juego ni aún dentro del tiempo de gracia (30 minutos), una vez comprobado y revisado por el Comité Disciplinario, además de perder el partido con tres goles en contra, al equipo infractor se le aplicará una multa económica de C$3,000.00 (Tres mil Córdobas netos) a favor del equipo sede; más los gastos en que tenía que incurrir el equipo visitante, los cuales serán  depositados a FENIFUT.

2.    Cuando el equipo local no está presente a la hora de inicio del partido. (Ver artículo 
         #30 inciso #3).

3.    Cuando los jugadores alineados por el equipo local o visitante no presentaren al árbitro sus respectivos carne antes del partido, aún pudiendo presentarlos antes de iniciar el segundo tiempo y de no hacerlo, automáticamente el árbitro notificará la no oficialidad del partido a los infractores, pudiendo continuar éste en forma amistosa.  El árbitro deberá notificar lo acontecido a través del informe arbitral a FENIFUT.

4.    Cuando se alineare a un jugador sancionado aún presentando el carnet ante el árbitro.

5.    Cuando    el    equipo    alineare    algún    jugador    indebidamente    o fraudulentamente     inscrito o cuando se suplantare en el juego a uno de los jugadores no registrados en la nómina.

6.    Cuando  se  efectuare  por  el  equipo  más  cambios  de  jugadores  que  el autorizado para un partido.

7.    Cuando  los  jugadores  del  equipo  interrumpieran  el  desarrollo  del  partido o  abandonaran el campo de juego como protesta por alguna decisión arbitral, originando ambas causas la suspensión definitiva del partido.

8.    Cuando por conducta indebida de los jugadores quedase el equipo con 6 jugadores (menos del mínimo) requerido que es de siete en el terreno de juego.

9.    Cuando el árbitro suspendiera el partido por alguna de las siguientes causas:

a.    Por no contar el equipo con el mínimo de jugadores exigidos para     iniciar el partido "Siete jugadores".

b.    Por conducta hostil de los jugadores, personal técnico, directivos, representantes o barra de un equipo, aunque no culminara en agresión.

c.    Por agredir al árbitro o sus auxiliares, algunos de los jugadores, personal técnico, directivos, representantes del equipo a consecuencia del arbitraje.

d.    Por  invadir   el   campo   de   juego   personas   de   la   banca  o barras reconocidas  de  un  equipo o de ambos.   

e.    Cuando el equipo local no garantice las Reglas de Juego # 1 - 2 - 3 - 4.  La violación a estos artículos, además de la pérdida del partido tendrá una multa de C$1,000.00   (Del 2 al 8  incisos a - e) más lo que contemple el Código Disciplinario.

ARTICULO No. 44
MARCADOR DEFINITIVO

En todos los casos anteriores se resuelve que el marcador definitivo será:

a.    Si ganaba el partido el equipo no infractor por una diferencia de tres goles o más se mantendrá el marcador.

b.    Si perdía el partido el equipo no infractor y hubiese recibido uno o más de dos goles, éstos se anularán y el marcador será 3  X 0 a favor del no infractor.

c.    Si el marcador estaba empatado a cero goles, se establecerá, como marcador definitivo 3  X  0 a favor del equipo no infractor.

CAPITULO XIII

ARTICULO No. 45
DE LOS ARBITROS Y SUS ASISTENTES

La Comisión de Arbitros de FENIFUT, designará a los árbitros que dirijan los partidos oficiales.

a)    Los árbitros deben aplicar las Reglas de Juego y las decisiones del Internacional BOARD.

b)    El árbitro exigirá que las personas autorizadas (Jugadores - Cuerpos Técnicos) para estar en el terreno de juego, guarden absoluto respeto a su autoridad.

c)    En el caso de oposición de abandonar el terreno de juego por personas no autorizadas, así sean directivos de equipos, el árbitro pedirá el auxilio de la fuerza pública a través del delegado de campo, con el fin de evitar demoras en el desarrollo del partido.

El árbitro podrá dirigirse al capitán del equipo en forma respetuosa y de forma recíproca lo hará el capitán, éste será el único que podrá dirigirse al árbitro.

Los árbitros que dirijan los encuentros del Campeonato, tendrán obligación de identificar por medio del carnet que expide la Secretaría  General de la Federación Nicaragüense de Fútbol (FENIFUT), a los jugadores que participan en los partidos oficiales, así como a los miembros del cuerpo técnico de los equipos que jugarán.

La no cancelación de los honorarios arbitrales por parte de un equipo no es causa para la suspensión de un encuentro; pero será incrementado en un 20% dichos honorarios si la cancelación se efectúa  24 horas posterior al partido.

El árbitro y sus asistentes deben de reunirse de inmediato una vez terminado el primer tiempo con el fin de fortalecer y corregir inconvenientes si lo hubiesen, en el desarrollo del tiempo antes señalado así como también para una mejor planificación y entendimiento en el segundo tiempo del partido.

CAPITULO XIV
ARTICULO No. 46
RESPONSABILIDAD DE LOS ARBITROS

Los árbitros y asistentes que actuarán en el presente campeonato tienen las siguientes responsabilidades:

Realizar pruebas de condición física y seminarios de actualización antes de iniciar el campeonato, al igual que en el período de tránsito supervisadas por FENIFUT y la Comisión de Nombramiento de árbitros.

1.    Cumplir y aplicar cabalmente con las Reglas de juegos de la Internacional Board capítulo V y VI.

2.    La Tripleta arbitral deberá Presentarse ante  delegado  de  campo y cuerpo técnico de los equipos, planificando las condiciones óptimas para la conducción del partido.

3.    Deberá presentarse al terreno de juego una y media hora (1:30) antes de iniciar el encuentro, entregar la documentación necesaria a los equipos (hoja de alineación - hojas de cambios) y retirarse una vez que haya cumplido con todas sus responsabilidades.

4.    Mantener durante el transcurso del juego la fraternidad y la cordura entre árbitros, jugadores y técnicos sin expresar palabras  que predispongan y lesionen a jugadores antes y/o durante el partido.

5.    Presentarse con el porte y aspecto ideal para dirigir el encuentro.

6.    Los árbitros deberán conocer, estudiar y respetar los Estatutos, Bases de                   Competencia y Reglamentos de la FENIFUT.

7.    En caso de fuerza mayor hacer todo el esfuerzo posible para que se realicen los encuentros en los que estén involucrados los equipos.

8.    El árbitro l coordinará antes del partido con sus asistentes y  el  Delegado de Campo todo lo relacionado al buen orden del mismo, inspeccionando el terreno de juego (marcado, redes, marcos, banderolas, camerinos, números) y que todo esté bajo el control de seguridad para dar inicio al partido, si aún el estadio y las condiciones de seguridad no están dadas, no debe iniciar el partido

9.    La terna arbitral deberá  aplicar correcta, eficaz e imparcialmente las 17 Reglas de Juego y sus modificaciones en el desarrollo del partido.

10.    Presentar el informe arbitral en tiempo y forma a FENIFUT a má tardar 24 horas posterior al partido, o enviarlo vía fax, porteriormente deberá entregar el original.

11.    La terna arbitral deberá mantener una postura neutral absteniéndose de brindar declaraciones relacionadas al partido a medios  de difusión,informativos (Televisión, radio, etc.)  antes, durante y después del partido.

12.    Todo árbitro que no cumpla con el artículo #46 será sancionado con:

  Suspensión de nombramiento por tres meses activos y multa pecuniaria de C$450.00  
  (Cuatrocientos Cincuenta Córdobas Netos).

CAPITULO XV
ARTICULO No. 47

SISTEMA DE COMPETENCIA
 TORNEO DE APERTURA  - TORNEO DE CLAUSURA

En el XVIII Campeonato Nacional de Tercera División  2008-2009,  se jugará dividido en dos torneos: de Apertura y de Clausura. Contara con 34 jornadas aproximadamente, equivalente a ocho meses

El Torneo Apertura tendra 16  jornadas
El Torneo Clausura tendra 16  jornadas
La Gran Final si es necesario 2 jornadas
Para un Total de jornadas  34  jornadas

DESARROLLO:

TORNEO APERTURA -Cuatro fases - Con dos grupos de 6 equipos 16 jornadas por grupo

Iniciando el 2 de Noviembre del 2008 y Finalizando aproximadamente el 04 de Enero del 2009.

Este Torneo tendra tres fases:

1.    Primera Fase: A dos vueltas todos contra todos. (10 jornadas)
2.    Segunda Fase: Hexagonal con los tres primeros lugares de cada grupo (primero del Grupo A contra tercero del grupo B, segundo del Grupo A contra segundo del Grupo B y tercero del Grupo A contra Primero del Grupo B) a series de dos partidos. (2 jornadas).
3.    Tercera Fase: Semi-final a serie de dos partidos. (2 jornadas) los tres ganadores de las llaves anteriores mas el mejor perdedor.
4.    Cuarta Fase: Final los ganadores de la fase anterior a una serie de dos partidos.

Los equipos que queden en primer lugar de la primera fase deciden si juegan como visitante o local en la hexagonal.

Los equipos con mejores resultados en la hexagonal deciden si juegan como visitante o local en la semi-final.

El equipo con mejor resultado en la semifinal decide si juega como visitante o local en la final.
En la semifinal y final, en donde se juegan partidos de ida y vuelta y el resultado esta empatado tras el segundo partido, se contara doble cualquier gol marcado en el terreno del equipo adversario (gol de visitante) en el juego ordinario (90 minutos).

Si persiste el empate se jugara un periodo extra de 30 minutos (2 periodos de 15 minutos cada uno) no contando el gol de visita, si terminado el tiempo complementario persiste el empate se definira en tiros libres desde el punto de penal, y si persiste el empate cada equipo ejecutara un tiro penal hasta obtener un ganador. Entiendase que el gol de visitante aplica unicamente en los encuentros ordinarios y no en los tiempos extras o penalty.

TORNEO CLAUSURA - Cuatro fases - Con dos grupos de seis equipos 16 jornadas

Iniciando el 22 de Marzo del 2009 y Finalizando aproximadamente el 05 de Julio del 2009.

Este Torneo tendra cuatro fases:

5.    Primera Fase: A dos vueltas todos contra todos. (10 jornadas)
6.    Segunda Fase: Hexagonal con los tres primeros lugares de cada grupo (primero del Grupo A contra tercero del grupo B, segundo del Grupo A contra segundo del Grupo B y tercero del Grupo A contra Primero del Grupo B) a series de dos partidos. (2 jornadas).
7.    Tercera Fase: Semi-final a serie de dos partidos. (2 jornadas) los tres ganadores de las llaves anteriores mas el mejor perdedor.
8.    Cuarta Fase: Final los ganadores de la fase anterior a una serie de dos partidos.

Los equipos que queden en primer lugar de la primera fase deciden si juegan como visitante o local en la hexagonal.

Los equipos con mejores resultados en la hexagonal deciden si juegan como visitante o local en la semi-final.

El equipo con mejor resultado en la semifinal decide si juega como visitante o local en la final.
En la semifinal y final, en donde se juegan partidos de ida y vuelta y el resultado esta empatado tras el segundo partido, se contara doble cualquier gol marcado en el terreno del equipo adversario (gol de visitante) en el juego ordinario (90 minutos).

Si persiste el empate se jugara un periodo extra de 30 minutos (2 periodos de 15 minutos cada uno) no contando el gol de visita, si terminado el tiempo complementario persiste el empate se definira en tiros libres desde el punto de penal, y si persiste el empate cada equipo ejecutara un tiro penal hasta obtener un ganador. Entiendase que el gol de visitante aplica unicamente en los encuentros ordinarios y no en los tiempos extras o penalty.

Jornada de Gran final (si es necesario)

si es otro equipo el ganador del torneo de clausura, entonces deberan jugar una serie de dos partidos con el campeon de apertura para sacar el campeon nacional y al sub-campeon nacional. En este caso el campeon de apertura decide si juega como visitante o local.
En caso necesario para sacar el sub-campeon nacional si es otro equipo, el sub campeón  del torneo de clausura, entonces deberan jugar una serie de dos partidos con el sub campeon de apertura para sacar el subcampeon nacional. En este caso el subcampeon de apertura decide si juega como visitante o local. El perdedor de esta serie automaticamente queda como tercer lugar, el resto de posiciones de la tabla será ubicado de acuerdo a la sumatoria de puntos de las etapas regulares de los torneos de apertura y clausura.

Parámetros para el Campeonato en fases clasificatorias para casos de empates.

•    Mayor número de puntos
•    Diferencia de goles
•    Mayor número de goles anotados
•    Resultados entre sí

PREMIOS - TROFEOS

Campeón de Apertura            -    Trofeo
Sub Campeón de Apertura            -    Trofeo
Campeón de Clausura            -    Trofeo
Sub Campeón de Clausura            -    Trofeo
Líder Goleador Campeonato Nacional    -    Trofeo
Campeón Nacional absoluto        -    Trofeo
Sub Campeón Nacional absoluto        -    Trofeo

ARTICULO No. 48
DESCENSO Y ASCENSO

El Comité Ejecutivo de la Federación Nicaragüense de Fútbol (FENIFUT) decide lo siguiente:

Los dos primeros lugares de la Tercera Division ascienden a Segunda Division

ARTICULO No. 49
EXCLUSION DE EQUIPOS

Serán excluidos del campeonato los equipos que incurran durante su desarrollo en cualquiera de los casos siguientes:

1-    Si dejaran de comparecer injustificadamente al campo de juego a dos partidos.

2-    Si participaren en tres partidos, desde su inicio con menos del número reglamentario de jugadores (11) once.

3-    Si se retiran del campeonato por decisión propia.  Dichos equipos descenderán automáticamente a la categoría inmediata inferior.

La tabla de posiciones  continuará, ya que los puntos de los partidos pendientes se adjudicarán a los equipos que aún les faltare por jugar con el excluido en la vuelta a que corresponde, además de los tres puntos se le adjudicarán tres goles a favor de cada equipo.  La programación no será tomada en cuenta para cumplir con sanciones y/o limpiar tarjetas de jugadores sancionados, siempre y cuando el encuentro sea el siguiente inmediato

CAPITULO XVI
ARTICULO No. 50

INSTALACIONES DE JUEGOS Y SEDES

Las Directivas de los equipos deberán presentar por escrito para su registro carta de autorización del lugar y nombre de cada campo o estadio de juego UNO como localidad oficial OTRO como estadio alterno.  Los que serán revisados por la Dirección de Competiciones y Dirección Técnica de FENIFUT, quien dará el visto bueno para su utilización en la Temporada 2008-2009.

El equipo local debe garantizar la disponibilidad de las instalaciones inscritas para la realización de los juegos en fecha y hora que hayan sido programados por FENIFUT. No se permitirán instalaciones que presenten simultáneamente otros espectáculos, béisbol, toros, circos, ferias, etc.


DE LAS INSTALACIONES

Todos los terrenos de juego, donde se efectúen encuentros de Segunda División, deberán ajustarse a lo previsto en la Regla I, de las Reglas de Juego de la "INTERNATIONAL  FOOTBALL ASSOCIATTION BOARD", además exige:

a)    Perfecto y visible marcado del terreno de juego, efectuado con rayas continuas de pintura blanca, con una anchura de 12 cm. similar al diámetro de los tubos que conforman los marcos 12 cm.

b)    Perfecto estado de pintura blanca de los arcos, con colocación de la net, que debe estar en buen estado.

c)    Colocación de banderines de esquina, los que deben tener la altura reglamentaria 1.50 mt. Preferiblemente deberán ser flexibles.

d)    Ubicación visible del Pabellón Nacional, con dos mástiles de menor altura, colocados lateralmente para la bandera del Club local y la del visitante, que son de obligatoria colocación.

e)    Ubicación  de la banca de suplentes donde tengan cabida como mínimo catorce (14) personas, con toldo y protección espaldar que impida que los ocupantes puedan ser agredidos con objetos arrojados desde las tribunas.

f)    Ubicación de la Mesa Técnica, a la altura del medio campo, con toldo y dos (2) sillas para el Delegado de Campo  y el Comisario si es necesario.

g)    Vestuario independiente para cada equipo y para los árbitros, con duchas, lavamanos y servicios sanitarios cada uno, en número suficiente, tomando en cuenta que los equipos cuentan con un personal de 30 entre jugadores y cuerpo técnico.

H)    El camerino del equipo visitante contará con luz, mesa de masajes, bancos o asientos, para sentarse catorce (14) personas simultáneamente y agua corriente obligatoriamente.

h.1-Si el camerino asignado no reune las condiciones mínimas establecidas, el Delegado de campo procederá a instalar al visitante en el que esté en mejores condiciones.

h.2- El camerino de los árbitros contará con luz, mesa para escribir y cuatro sillas o bancos en buen estado, closet o perchero para ropa y agua corriente obligatoriamente.

h.3- Cuando se practique control de Doping, disponer de un local para tal fin; el equipo local se obliga a proporcionar refrescos y botellas de agua, para ser utilizadas por los jugadores sometidos a la toma de muestras.  (Toda esta bebida debe ofrecerse al futbolista herméticamente cerrada).

i)     El paso destinado a los jugadores y árbitros, será en lo posible subterráneo.  En otro caso, estará debidamente protegido, desde los vestuarios hasta el terreno de juego.

j)    Parlantes internos, con el fin de transmitir el Himno Nacional e informaciones de interés para la concurrencia.

K)    Espacio en el área aledaña a los vestuarios de los jugadores, para efectuar el control de Doping, que contará obligatoriamente con luz, mesa y cuatro sillas y preferiblemente servicio sanitario.

L)    Poner a disposición del árbitro auxiliar, carteles con números del 1 al 30 de un tamaño mínimo de 30 cms., para efectuar los cambios y señalar el tiempo de reposición que decida el árbitro principal.
 
Todo equipo de Categoría Nacional que participe en la Tercera División de la Temporada 2007-008 no podrá efectuar encuentros, ni se le autorizará instalación alguna, que no reuna las siguientes condiciones:

a)    Tribunas techadas y graderías para un mínimo de dos mil personas.

b)    Perfecta iluminación para efectuar juegos nocturnos, según normas internacionales de FIFA.

c)    Terreno de juego engramado, en buen estado sin huecos ni piedras, con medidas específicas de 105 mts. Por 68 mts.

d)    Cerca de malla ciclón o enrejado que impida totalmente el acceso del público al terreno de juego.

e)    Disponer de "Baños Públicos" con un número de piezas sanitarias proporcional al aforo.

f)    Casetas de transmisión radial, en número de una (1) como mínimo, dotadas de luces, toma de electricidad y acometida de cables telefónicos, de las cuales una como mínimo, debe estar a disposición de la Emisora Oficial del equipo visitante.

g)    Palco de Autoridades y Prensa con sillas en tribuna techada, con las siguientes características:

•    Disponer de diez (10) sillas para los miembros de la junta Directiva del equipo visitante, debidamente custodiados.

•    Disponer de cinco (5) sillas para los directivos de la FENIFUT y de la Asociación Departamental de Fútbol respectivamente, debidamente custodiados.

ARTICULO No. 51
DELIMITACIONES DEL AREA  TECNICA

El área de trabajo del director técnico será la que estipule el Internacional BOARD en sus Reglas de Juegos. Regla # 3 desición # 2 del I.F.A.B.

Esta área deberá ser debidamente delimitada a un metro de la línea de banda y 10 metros de la línea que divide el medio campo teniendo un metro de cada lado del banco de sustitutos.

Un funcionario oficial del equipo podrá impartir instrucciones tácticas a los jugadores durante el partido tras lo cual deberá volver a su lugar.

Los funcionarios deberán permanecer dentro de los límites del área técnica, en los lugares donde exista y deberán comportarse correctamente. 

ARTICULO No. 52
ACTOS PROHIBIDOS
OBJETOS PROHIBIDOS  -  SANCIONES

Los actos de la lista siguiente estarán terminantemente prohibidos dentro de los estadios.

•    Ingresar sin la correspondiente entrada o credencial en regla.
•    Arrojar elementos al campo de juego o a las tribunas, utilizar elementos prohibidos u otros actos que puedan interrumpir el desarrollo normal del torneo.
•    Invadir el campo de juego o, sin causa justa, irrumpir dentro de las zonas de acceso restringido, áreas de operación o áreas de acceso prohibido.
•    Destrucción, deterioro o uso ilegal del edificio, árboles, instalaciones, equipos de operación y/o propiedad pública.
•    Destrucción o manipuleo de sellos, que certifican haber aprobado la inspección de seguridad; y candados, trabas o cintas, que las autoridades o los oficiales de seguridad hayan colocado por separado.
•    Amenazar, ejercer cohersión, injuriar y/o incitar a terceros premeditadamente (incluso a árbitros, jugadores, directivos y oficiales de seguridad).
•    Solicitar entrevista o reunión a los jugadores o personas relacionadas al desarrollo del torneo, sin reserva previa.
•    Realizar actos de protesta, manifestaciones u otros actos que amenacen el desarrollo normal de los partidos.
•    Instalar carpas, kioskos u objetos similares.
•    Ingresar o permanecer en el estadio bajo el efecto del alcohol, estupefacientes u otras sustancias tóxicas.
•    Recutar, arengar, reunirse, propagar creencias religiosas, u otros actos similares.
•    Deambular por las entradas, las escaleras o los pasillos del estadio sin causa justa.
•    Treparse a las vallas, torres de iluminación o a otras instalaciones del estadio.
•    Fumar fuera de las áreas permitidas.
•    Encender fuego dentro de las instalaciones.
•    Cubrirse el rostro con máscara u otros elementos, o pintarse de modo que no se le pueda reconocer.
•    Avanzar o estacionarse (ya sea en automóvil o bicicleta) fuera de las áreas permitidas.
•    Realizar actividades comerciales, recolección de fondos, exhibición de material publicitario, u otros actos similares.

•    Arrojar basura o residuos en lugares instalados para otros fines.
•    Filmar videos o tomar fotografías en los partidos, lo eventos previos a los partidos o del público, con fines lucrativos.
•    Difundir por internet u otros medios de comunicación, registros grabados de sonidos, imágenes, o descripciones de los partidos, ya sea en forma parcial o total.
•    Cualquier otro acto que los oficiales de seguridad consideren perjudiciales o capaces de interrumpir el desarrollo del torneo y/o actos que consideren de amenaza u ofensivo para los demás espectadores.

OBJETOS PROHIBIDOS DE PORTAR

•    Armas de fuego, tijera o elementos punzantes como agujas, o elementos cortantes como navajas, lanzas y otras armas blancas.
•    Sustancias tóxicas, estupefacientes, y demás sustancias nocivas.
•    Elementos que emitan humo, petardo, fuegos artificiales, elementos explosivos, pólvora, bomba de señalización luminosa, combustibles, sustancias inflamables u otros elementos similares peligrosos.
•    Piedra, botella, lata, botella de plástico con tapa, paquete de papel herméticamente cerrado, elementos congelados u otros elementos que puedan ser utilizados a modo de proyectil y sin perjuicio de la presencia o ausencia de tapa, el público no podrá ingresar a las tribunas portando botellas de plástico.
•    Puntero lácer, silvato, bocinas de gas u otros elementos que puedan perturbar el desarrollo de los partidos.
•    Asta de bandera, pie de cámara fotográfica o trípode, palos y barras, martillo, destornillador, cadenas u otros elementos que puedan ser utilizados a modo de arma.
•    Paraguas (con excepción de los plegables que el oficial de seguridad considere inofensivos).
•    Pizarras, carteles, banderolas horizontales y/o verticales, cintas, banderines, pancartas, vestimenta y/o folletos impresos con leyendas que expresen o recuerden posturas políticas, ideológicas, ideas religiosas que puedan perjudicar el desarrollo normal del torneo.
•    Papel picado, casco, bebidas alcohólicas.
•    Nevera portátil, equipaje de viaje, y/o paquetes o cargas de gran tamaño.
•    Animales (con excepción de los perros guías para no videntes, o con otras discapacidades físicas).
•    Aparatos de comunicación inhalámbricos (con excepción de celulares y teléfonos PHS).
•    Objetos con impresiones de marcas comerciales, nombre de empresas o de productos determinados, elaborados con fines publicitarios (incluso aquellos objetos que recuerden a una determinada empresa o un determinado producto).
•    Cualquier otro objeto o elemento considerado por el oficial de seguridad perjuicioso o capaz de perturbar el desarrollo del torneo, ofensivo o amenazante para los demás espectadores.

Quien no acate lo antes expuesto, será sancionado con la cantidad de C$1,000.00 (Un mil  Córdobas Netos), fanáticos del equipo local y del visitante plenamente identificados y no identificados, será responsables de esta sanción los equipos a los que pertencen dichos fanáticos y ésta sanción deberá hacerse efectiva antes del siguiente partido en las oficinas de FENIFUT. Ver artículo #50 del Código de Sanciones (Autores identificados y no identificados).

CAPITULO XVII
ARTICULO No. 53
INICIACIÓN E INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO  COMISION DISCIPLINARIA
INICIACION DEL PROCEDIMIENTO DE LAS PROTESTAS

Los Directivos de equipos que observen violaciones a las Bases de Competencia, Reglamentos; podrán a su entender hacer sus protestas oficiales en un período máximo de 48 horas corridas después del partido siempre y cuando no sea feriado (Lunes - Martes).

Las infracciones disciplinarias son perseguibles de oficio.

Cualquier persona o autoridad puede poner en conocimiento de los organos jurisdiccionales competentes la conductas que consideren contrarias a la reglamentación de FENIFUT, tales denuncias pordrán formularse verbalmente.

Los oficiales de partido están obligados a denunciar las infracciones de los que tuvieran conocimiento. Artículo #112 Inciso 3 del Código Disciplinario.

La Secretaría General llevará a cabo de oficio las actuaciones de instrucción que fuesen necesarias bajo la dirección del coordinador del órgano, Artículo # 113 del Código Disciplinario.

Las protestas deberán ser dirigidas a la Secretaría General con copia al Comité Disciplinario, con los argumentos necesarios.

Debiendo ser firmada y sellada con fecha y hora al momento de ser recibida en las oficinas de FENIFUT.

El derecho de presentar la protesta, deberá estar acompañada por la suma de C$300.00 (Trescientos Córdobas netos). Las protestas no podrán ser a decisiones arbitrales.
 
ARTICULO No. 54

DE LAS  APELACIONES

Los Directivos de equipos, jugadores, oficiales, dirigentes y miembros están en su pleno derecho de interponer recursos de apelaciones a quien corresponda, cuando a su entender una resolución de la Comisión Disciplinaria les afecte directamente.

Toda parte que haya interpuesto apelación deberá depositar un escrito de apelación dentro del plazo de tres días siguientes a la notificación de sanciones impuestas por el Comité Disciplinario.

Este escrito de apelación deberá contener además de la petición una declaración completa de los hechos y conclusiones, según el apelante.

La apelación deberá ir acompañada de C$300.00 como derecho de apelar, lo que deberá entregar en la Secretaría General al momento de presentar el escrito.

En su defecto la apelación será declarada inadmisible.

El Secretario General comunicará por escrito a las partes las decisiones tomadas por la Comisión, si las partes estuvieran presentes, la notificación se puede hacer oralmente y posteriormente será confirmada por escrito. Una decisión será ejecutoria después de ser notificada a las partes por escrito.

El coordinador de la Comisión puede adoptar por sí mismo decisiones.

Resolver los recursos contra decisiones relativas a la extensión del ámbito de aplicación de sanciones.  Artículo #85 Inciso 1a del Código Disciplinario.

ARTICULO No. 55
JUSTIFICACIONES

En todos los casos el equipo que proteste y apele deberá acompañar las pruebas correspondientes para justificar su argumento y para que sea oficial deberá de esperar respuesta por parte de FENIFUT.

ARTICULO No. 56

NOTIFICACIONES

El Comité Disciplinario y el de apelación notificará la resolución y apelaciones y resolverá las protestas presentadas durante el Campeonato en un plazo no mayor de diez días pudiendo ésta alargarse para corroborar las mismas, pero no siendo mayor de quince días.

CAPITULO XVIII

ARTICULO No. 57
ORGANOS JURISDICCIONALES
ARTICULOS 39-40 ESTATUTOS DE FIFA

A-1 COMISION DISCIPLINARIA - SANCIONES

La Comisión Disciplinaria será integrada por un presidente y los miembros que se estime necesario:

Los Miembros que integran la Comisión Disciplinaria son:

    José María Bermúdez
    Douglas Lechado
    Marlon Gómez Hernández
    Norberto Ortega Maliaños

INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO - INICIACION

Esta comisión será encargada de aplicar y sancionar todas las faltas previstas en los Estatutos, Reglamentos, Códigos Disciplinario y Bases de Competencias así como cualquier documento oficial que regenta la FENIFUT y/o elaborados por el Ejecutivo de la Federación al igual que las Reglas de Juego de la IFAB.

Las infracciones disciplinarias son perseguibles de oficio.

1- La Comisión Disciplinaria impondrá las siguientes sanciones:

a) Las faltas graves que no hubiesen advertido los oficiales de partido;

b) Rectificar errores manifiestos en que pudiera haber incurrido el árbitro al adoptar sus decisiones disciplinarias;

c) Extender la duración de una suspensión por partido que hubiera sido automática como consecuencia de una expulsión (Art. 18 § 4 y Art. 19 § 4); del Código Disciplinario.

d)    imponer sanciones adicionales a las decretadas por el árbitro, por ejemplo una multa.

El coordinador puede adoptar por sí mismo las decisiones siguientes:

a) Suspender a una persona por uno o dos partidos o por tiempo igual o inferior a dos meses, e imponer multas en cuantía hasta por C$10,000.00 Artículo # 82 del Código Disciplinario.

2- Sanciones Comunes a personas físicas y jurídicas (Artículo 11 del Código Disciplinario).

a) advertencia;
b) reprensión;
c) multa;
d) anulación de premios.

Sanciones a personas físicas - (Artículo 12 del Código Disciplinario)

Las siguientes sanciones son aplicables a las personas físicas:

a) amonestación;
b) expulsión;
c) suspensión por partidos;
d) prohibición de acceso a los vestuarios o de situarse en el banco de sustitutos;
e) prohibición de acceso a los estadios;
f) prohibición de ejercer cualquier actividad en el fútbol.

Sanciones a personas jurídicas o Equipos - (Art. 13 del Código Disciplinario)

a) jugar a puerta cerrada;
b) jugar en terreno neutral;
c) prohibición de jugar en un estadio determinado;
d) anulación del resultado de un partido;
e) exclusión;
f) descenso a la categoría inmediatamente inferior;
g) deducción de puntos;
h) pérdida del partido por retirada, renuncia o no presentación

Las multas no serán inferiores de C$300.00 (Trescientos Córdobas netos).

La Comisión Disciplinaria deberá reunirse cuando lo estime conveniente,  para deliberar y sancionar.  Dichas sanciones se darán a conocer en forma inmediata a través del Boletín informativo de FENIFUT y/o carta remitida a sus directivos.

Tomará cualquier otra medida disciplinaria de acuerdo a los artículos # 19 - 20 - 21 - 22 - 23  de los Reglamentos de Aplicación de los Estatutos de FIFA, también aplicará el nuevo Código Disciplinario de la FIFA, el cual entró en vigor el 1° de Mayo del 2005.

ARTICULO No. 58
B-2 COMISION DE APELACION

Las resoluciones de la Comisión Disciplinaria son susceptibles de recurso ante la Comisión de Apelación , salvo que la sanción impuesta por aquella fuese alguna de los siguientes:

a-    Advertencias
b-    Represión
c-    Suspensión por menos de 3 partidos o por tiempo igual o inferior a dos meses.
d-    Multa en cuantía inferior a C$3,000.00 impuesta a su equipo o en cuantía inferior a C$1,500.00 en los demás casos.

Esta Comisión juzgará las apelaciones interpuestas.

Esta Comisión estará integrada por un presidente y los miembros que estime conveniente:

•    Abraham Norori
•    Mario Senqui
•    Mario Moncada

Esta Comisión se reunirá en el momento que se le convoque y sea necesario la revisión de los casos.

Plazo:  El interesado deberá anunciar su intención de formular el recurso mediante escrito remitido en el plazo de tres días a contar desde la comunicación del acuerdo, dirigido a FENIFUT.  Cuando la decisión recurrida se refiera al incumplimiento de una decisión de algún órgano de FENIFUT, condenando al pago de una cantidad a una persona.  Artículo #70 del Código Disciplinario.  El apelante no podrá cuestionar la condena pecuniaria inicial.

CAPITULO XIX

ARTICULO No. 59
COMISIONES PERMANENTES
1- COMISION DE ARBITROS

Esta Comisión será la encargada de nombrar los árbitros centrales, asistentes y cuartos árbitros para los partidos de la competiciones organizadas por FENIFUT.

Esta Comisión estará integrada por un presidente y los miembros  que se estime necesario:

•    Lic. Rolando López Sanders
•    Lic. Eddy Bernard Lacayo
•    Sr. Luis Rodríguez Rivera
•    Donald Campos Guido

Deberá reunirse los días Martes a las 12.00 M  de cada semana, para realizar los nombramientos y tendrá la obligación de evaluar el trabajo de los árbitros a través del informe oficial del comisario y pasará sus observaciones a la Secretaría General y a la Comisión Disciplinaria si lo requiere.
 
2- COMISION DE ASUNTOS LEGALES

Se compondrá de tres  miembros, un presidente y un vicepresidente.  Sus atribuciones serán las siguientes:

a.    Redactar dictámenes jurídicos, asesorar y establecer criterios a propósito de los casos, litigios o demandas que le sean sometidos.

b.    Realizar un seguimiento de la evaluación y modificación de los Estatutos y Reglamentos que rigen la FENIFUT, proponer al ejecutivo las modificaciones que le parescan útiles.

c.    Examinar individualmente los Estatutos y Reglamentos que gobiernan las federaciones afiliadas y proponer al ejecutivo las modificaciones necesarias.

Esta Comisión estará integrada por:

•    Dr. Leonel Tapia (presidente)
•    Dra. Ruth Rubí (Vicepresidente)
•    Dr. Manuel Pérez

3- COMISION DEL ESTATUTO DEL JUGADOR

Se compondrá de un presidente, un vicepresidente, integrada por:

•    Lic. Rolando López Sanders (Presidente)
•    Ing. Manuel Quintanilla
•    Lic. José María Bermúdez
•    Lic. Douglas Lechado

Sus  atribuciones serán las siguientes:

a.    Aplicará todo lo relacionado al Reglamento Interno del Estatuto y Transferencia del Jugador, apoyándose en el Reglamento de FIFA.

b.     Estudiará y examinará los problemas generales relacionados con el Estatuto del jugador.

c.    Notificará al Comité Ejecutivo la interpretación de las disposiciones estatutarias y reglamentarias relacionadas con la calificación, el estatuto o la transferencia de jugadores.

d.    Velará por que sean respetadas las definiciones del estatuto del jugador establecidos por FIFA, en su Reglamento del Estatuto y Transferencia de Jugadores.

e.    Determinará el estatus de los jugadores para los diferentes campeonatos organizados a nivel nacional e internacional.

f.    Tomará una decisión al respecto en conformidad con las dispocisiones específicas en la materia.

g.    Revisará y hará cumplir correctamente los acuerdos contraidos en cada contrato de jugadores y Entrenadores.

En este sentido podrán imponerse directamente a equipos oficiales, miembros, entrenadores, jugadores, agentes de jugadores las siguientes sanciones, en coordinación con la Comisión Disciplinaria.

•    Amonestaciones
•    Censura
•    Multa
•    Interdicción (Prohibición, restricción, oposición, exclusión, suspensión)
•    Suspensión

En materia del estatuto del jugador los entrenadores serán asimilados a los jugadores

4- COMISION DE SELECCIONES NACIONALES

Se compondrá de un presidente, un vicepresidente y el número de miembros que estime conveniente.

Estará integrada por:

•    Luis Rodríguez Rivera (Presidente)
•    José León Quezada (Vicepresidente)
•    Mario Senqui Casco
•    José María Bermúdez

Sus atribuciones con las siguientes:

a.    Coordinar todo lo relacionado a la conformación de las diferentes selecciones nacionales.
b.    Asegurar la participación de las diferentes selecciones en eventos internacionales a las que sean convocadas.

c.    Realizar todas las actividades que estime conveniente para asegurar los objetivos planteados.

5- COMISION  TECNICA

Se compondrá de un presidente,un vicepresidente y el número de miembros que estime conveniente.

Estará integrada por:

•    Mauricio Cruz Jirón
•    Lic. José María Bermúdez
•    Manuel Quintanilla.
•    Adolfo Cajina
•    Dalila López Sánchez

Sus atribuciones serán las siguientes:

a.    Tomar toda clase de medidas propias para perfeccionar las calificaciones de los entrenadores.

b.    Desarrollar métodos de entrenamiento.

c.    Resolver todas las cuestiones propias relacionadas con la teoría y la práctica del fútbol.

d.    Organizar cursos y conferencias destinados a los instructores, monitores, entrenadores, en colaboración con las federaciones departamentales.

e.    Elaborar documentos que sirvan para la enseñanza y las técnicas del entrenamiento.

f.    Recomendar a petición de la Federación a entrenadores, instructores y monitores del fútbol.

6- COMITÉ DE URGENCIA


El Comité Ejecutivo nombrará un Comité de Urgencia.  Estará conformado por un presidente, un vicepresidente, el Secretario General y el  presidente de la comisión correspondiente del asunto a tratar.

Esta Comisión estará integrada por:

•    Ing. Julio Rocha López (Presidente)
•    Lic. Rolando López Sanders (Primer Vicepresidente)
•    Prof. Florencio Leiva Dominguez  (Secretario General)

Los asuntos deberán ser tratados en reuniones convocadas especialmente, sin embargo, si debido a circunstancias excepcionales al Comité de Urgencia no le fuera posible celebrar la reunión, podrán tomarse decisiones por correspondencia o por la vía telefónica, en tales casos, el Comité Ejecutivo deberá ser informado sin demora.

Las decisiones tomadas por el Comité de Urgencia se ejecutarán inmediatamente y deberán ser confirmadas por el Comité Ejecutivo  en ocación de su próxima reunión, si el  presidente no pudiera asistir a una reunión, será reemplazado por el vicepresidente  disponible más antiguo en el cargo, el presidente es competente para nombrar a un sustituto si uno de los miembros no está disponible o si la federación departamental de la que es miembro está interesada directamente en un caso o de un litigio que debe ser seleccionado de inmediato.

CAPITULO XX

ARTICULO No. 60
SEGURIDAD DEL ESPECTACULO

a.    Con el objetivo de mantener el orden durante el desarrollo de los eventos oficiales programados, el equipo local deberá garantizar la presencia de la fuerza pública. Así mismo garantizará atención médica, (primeros auxilios, camilleros) etc.

b.    Deberá estar la ambulancia con sus respectivos Paramédicos y sus auxiliares.

El equipo local que no presente seguridad Policial o fuerza Pública, ambulancia con sus Paramédicos y auxiliares, será sancionado con la cantidad de C$250.00 (DOSCIENTOS CORDOBAS NETOS), los cuáles deberán cancelar antes de la siguiente jornada, en la FENIFUT.

El árbitro no dará inicio al partido mientras no exista la seguridad total en los estadios, la demora será motivo de sanción por no cumplir con el horario establecido.

 COMISION DE SEGURIDAD
Estará conformada por:

•    Horacio Rocha
•    Marvin Castro
•    Xavier Carrillo


CAPITULO XXI
ARTICULO No. 61

CANCELACIÓN DE LAS SANCIONES

a.    La cancelación de las sanciones consistentes en penas pecuniarias, deberán depositarse en la Secretaría General de FENIFUT, antes de realizarse el siguiente partido.

b.    Si no se deposita el dinero según lo estipulado en el inciso anterior la misma se le duplicará en un 100%
           
CAPITULO XXII
ARTICULO No. 62
OTRAS DISPOSICIONES

1.    Todo jugador, miembro de cuerpo técnico, directivos de equipos, que en el mismo año sea inscrito por un equipo para una próxima temporada y que haya militado en cualquiera de las divisiones nacionales impulsadas por FENIFUT, arrastrará consigo el cumplimiento de sanciones impuestas por el Comité Disciplinario, así sea de una categoría inferior o superior y viceversa.

2.    En caso de que un equipo gane un encuentro por no presentación en el terreno de juego del otro Equipo y tenga jugadores pendientes por cumplir sanción el mismo le servirá para pagar su sanción, igual caso será en partidos de reprogramación.

3.    Los equipos que ocupen los primeros cinco lugares según el informe oficial de FENIFUT, finalizado el campeonato, automáticamente adquieren el derecho de equipo de casa en la fecha inicial del próximo campeonato nacional y éste será válido sólo para el inicio de la primera vuelta.

4.    Un jugador sancionado de uno a más partidos no podrá ser desinscrito hasta no cumplir con la sanción, de igual forma un jugador no podrá ser inscrito por otro jugador pendiente de cumplir sanciones.

5.    Las tarjetas amarillas serán acumulativas durante cada torneo, serán anuladas de un toneo a otro. Si se juega la gran final, será considerada como parte del Torneo de Clausura.

6.    Toda tarjeta roja se tiene que cumplir con la sanción en el campeonato o durante el próximo.

7.    Los Equipos de 3ª División deberán presentar para el XVII Campeonato Nacional  (2008-2009) su personería Jurídica , presentando coherencia en sus objetivos con FENIFUT, CONCACAF y Fifa.

8.    Campeón Goleador Nacional; en el XVIII Campeonato Nacional de Fútbol de Tercera División saldrá solamente un campeón goleador nacional, tomando en cuenta todas las fases del Torneo de Apertura y Clausura y de la Gran Final, si es necesario.

CAPITULO XXIV
ARTICULO No. 64
VIGENCIAS

Las presentes Bases de Competencias entrarán en vigencia el día de su aprobación por el Comité Ejecutivo de FENIFUT y no podrán ser alteradas, modificadas, reformadas, si no es por acuerdo del Comité Ejecutivo de la Federación Nicaragüense de Fútbol (FENIFUT).

En los casos no previstos en estas Bases  de Competencia, el Comité Ejecutivo de FENIFUT, hará la interpretación definitiva y/o reglamentará aquello que fuese necesario para la competencia.
 
Dado en la Ciudad de Managua a los quince dias del mes de Octubre del año Dos Mil ocho.

REGLAS DE JUEGO
INTERNACIONAL BOARD

Regla #     1            El terreno de juego
Regla #     2            El Balón
Regla #     3            El número de jugadores
Regla #     4            El equipamiento de los jugadores
Regla #     5            El árbitro
Regla #     6            Los árbitros asistentes
Regla #     7            La duración del partido
Regla #     8            El inicio y la reanudación del juego
Regla #     9            El balón en juego o fuera del juego
Regla #     10            El gol marcado
Regla #     11            El fuera de juego
Regla #     12            Faltas e incorrecciones
Regla #     13            Tiros libres
Regla #     14            El tiro penal
Regla #     15            El saque de banda
Regla #     16            El saque de meta
Regla #     17            El saque de esquina









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